TASAS DE VISADO.
Cuando se apruebe la LEY OMNIBUS y entre en vigor el 28/12/2009, es decir, en 2010, los PRESUPUESTOS recien aprobados del COACV con los presupuestos de los Colegios Territoriales tendrán que revisarse para adaptarse a la nueva ley, ya que la mayor parte de los ingresos estimados se basan en las tasas de visado actuales que todos conocemos, y que pasarán a ser directamente ilegales: La ley dice claramente que sólo se podrá cobrar el coste del servicio del visado (es decir, el valor del trabajo del que visa en función de su tiempo, sus recursos informáticos, la repercusión de gastos del espacio físico y poco más), lo que significa no depender ya de los m2 de cada uso ni del PEM para el cálculo. Será el final de pagar 1.000'00€, o 5.000'00€ por poner un sello a un montón de planos durante 20 minutos, o unas horas, sin desplegarlos. Quizá esos presupuestos ya deberían haberse elaborado pensando en este nuevo panorama que es inevitable, con independencia de las dudas sobre la colegiación obligatoria para ejercer la arquitectura y el visado obligatorio. ¿Qué debemos hacer los colegiados si los presupuestos y sus tasas no se revisan con la entrada de la ley?
Cuando se apruebe la LEY OMNIBUS y entre en vigor el 28/12/2009, es decir, en 2010, los PRESUPUESTOS recien aprobados del COACV con los presupuestos de los Colegios Territoriales tendrán que revisarse para adaptarse a la nueva ley, ya que la mayor parte de los ingresos estimados se basan en las tasas de visado actuales que todos conocemos, y que pasarán a ser directamente ilegales: La ley dice claramente que sólo se podrá cobrar el coste del servicio del visado (es decir, el valor del trabajo del que visa en función de su tiempo, sus recursos informáticos, la repercusión de gastos del espacio físico y poco más), lo que significa no depender ya de los m2 de cada uso ni del PEM para el cálculo. Será el final de pagar 1.000'00€, o 5.000'00€ por poner un sello a un montón de planos durante 20 minutos, o unas horas, sin desplegarlos. Quizá esos presupuestos ya deberían haberse elaborado pensando en este nuevo panorama que es inevitable, con independencia de las dudas sobre la colegiación obligatoria para ejercer la arquitectura y el visado obligatorio. ¿Qué debemos hacer los colegiados si los presupuestos y sus tasas no se revisan con la entrada de la ley?